Hoy hemos tenido conocimiento de una Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Rubí (Barcelona), que resulta importante y trascendental para todos aquellos que contemplen solicitar la aplicación de la Ley de Segunda oportunidad, vigente desde el año 2015 y de la que cada vez más, existen más pronunciamientos que exoneran al deudor de sus deudas.
La Ley de segunda oportunidad que permite liberar a particulares y autónomos de sus deudas, ha sido aplicada en esta Sentencia, permitiendo la exoneración de la totalidad del pasivo insatisfecho. Las deudas de este deudor concreto tenia con distintas entidades financieras, de aproximadamente 38.000 euros, han quedado exoneradas.
Cabe destacar, que este caso, además de poder acogerse el afectado al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), también los avalistas que avalaron la vivienda hipotecada, quedaran libres de cualquier deuda contraída por ostentar esta condición.
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