¿Cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Ley Segunda Oportunidad

Pasos para iniciar el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad.

Como ya hemos expuesto en artículos anteriores, para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario consultar los requisitos que exige la Ley, tal y como hemos expuesto en artículos anteriores. Los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad son, en resumen, los siguientes:

  1. La Buena fe del deudor
  2. La deuda debe ser inferior a 5 millones de euros
  3. Debe existir una situación de insolvencia actual o inminente
  4. El deudor debe carecer de antecedentes penales por delitos económicos.

Una vez nos hemos asegurado de que cumplimos los requisitos legales debemos acudir:

  • A un Notario, en caso de persona no empresaria
  • A la Cámara de Comercio, en caso de Autónomos.

Estos organismos se encargarán de recoger la documentación requerida para iniciar el expediente y de designar a un Mediador. La función del Mediador será intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos entre el solicitante de la Segunda Oportunidad y sus acreedores, mediante un procedimiento de mediación extrajudicial.

El procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad requiere un asesoramiento especializado por profesionales con experiencia en la gestión de estos expedientes, debido a la complejidad del procedimiento. Hay que tener en cuenta la cantidad de documentación que se debe aportar, la exigencia de cumplimentar el formulario de Segunda Oportunidad, y la necesidad de realizar un previo análisis económico del deudor. Por ejemplo, en estos temas, no es función del Notario cumplimentar el formulario mencionado, ni recabar la documentación. Por tanto, si falta algún documento, el Notario únicamente lo advertirá para que se subsane en el plazo de solamente de 5 días hábiles, y en caso contrario, dará por concluido el expediente.

Por ello, Afectados Segunda Oportunidad, área especializada en Ley de Segunda Oportunidad de BBS Abogados, cuenta con un equipo de profesionales especialistas en la materia, que le asesorarán y acompañarán durante todo el procedimiento. No dude en contactar con nosotros a través de bbsabogados@bbsabogados.com o llamando al 937605377.

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